Contrabando

greenspun.com : LUSENET : Catholic : One Thread

Las calles de nuestra ciudad se llenan cada vez mas de puestos irregulares donde se vende "fayuca". Esto perjudica a los comerciantes legalmente establecidos. Entonces me pregunto, el contrabando es pecado o es sslo una falta administrativa y civil? Pedro L.

-- Pedro Lspez (figure66789.@netspace.com), June 08, 2000

Answers

Arriba!

-- aaa (a@a.a), June 08, 2000.

hola pedro que pan no poder contestar, pero sabes yo estoy haciendo mi tesis sobre el contrabando y no tengo mucha informaciC3n, tal vez tu podrC-as proporcionarme alguna bibliografia

gracias

-- olivia (oliledesma@yahoo.com), November 15, 2000.


QUE ES EL CONTRABANDO ? nLo podemos resumir como el ingreso ilegal de mercancía extranjera a nuestro país burlando los controles aduaneros, así como, el mal uso de beneficios otorgados exclusivamente a las zonas de menos desarrollo, habitualmente las zonas fronterizas. n nEste ingreso ilegal puede realizarse: uDeclarando ante ADUANAS un precio inferior al real para así pagar menos tributos…(DEFRAUDACIÓN) uDeclarando menos mercancía de la que realmente trae…(DEFRAUDACIÓN) uIngresando mercancía sin declararla (oculta) y así no tributar… (CONTRABANDO) uIngresando mercancía prohibida…(TRAF.ILICITO DE MERCANCIAS). uExtraer mercancía de la zona beneficiada para comercializarla (CONTRABANDO).

POR QUE REPRIMIRLO ? nPOR CAUTELAR EL INTERES FISCAL. Aquellos que no pagan los tributos correspondientes evitan que el Estado tenga los ingresos necesarios para que todos los peruanos podamos esperar un futuro mejor, con mas escuelas, hospitales y carreteras. nPOR REPRIMIR LA COMPETENCIA DESLEAL Por que el comerciante deshonesto que evade el pago de impuestos no solo perjudica al Estado sino que obtiene ventajas indebidas para competir con los comerciantes e industriales que si cumplen con la ley, haciendo que estas últimas quiebren y con ellas sus trabajadores, que son a su vez los consumidores de los demás sectores industriales: Todos nos perjudicamos. nPOR EL TRAFICO ILICITO DE MERCANCIAS Es necesario impedir el ingreso o salida de productos como: drogas, alimentos sin control sanitario, medicamentos adulterados o en malas condiciones, ropa usada infectada; así como los que atenten contra la soberanía nacional y la defensa de las especies de flora o fauna protegidas o en peligro de extinción. El vocablo delito tiene, entre otras connotaciones, una en materia penal, en donde se entiende por delito el acto u omisión que sancionan las leyes penales. Otra connotación es la relativa a la materia fiscal. El Código Fiscal de la Federación considera ciertos actos u omisiones como delito en el ámbito fiscal. La palabra infracción proviene del latín infractio, que significa hacer pedazos, romper, fracturar. En sí es una violación a normas de carácter administrativo. Diferencias entre delito e infracción: · Los delitos son sancionados por el poder judicial mediante los tribunales y la infracción es sancionada por una autoridad administrativa · Los delitos se sancionan con la privación de la libertad; las infracciones se sancionan con una multa · Los delitos sólo los pueden cometer las personas físicas y las infracciones pueden cometerlas tanto personas físicas como personas morales Contrabando Se debe entender por contrabando la introducción o la extracción ilegal de mercancías de un país. En México, la lucha se centra principalmente en la importación, debido al grave daño que ocasiona a la industria nacional: · Pérdida de empleos · Generación de economía subterránea · Daños a la propiedad intelectual · Venta de mercancías sin garantía para el consumidor final · Causa un grave daño a la economía nacional Para que se tenga como realizada la introducción o extracción ilegal de mercancías, deben existir alguna de las siguientes prácticas: · Mercancías introducidas o extraídas del país omitiendo el pago total o parcial de los impuestos o cuotas compensatorias que se deban cubrir · Entrada o salida de mercancía sin permiso de las autoridades competentes · Carencia de firma electrónica en el pedimento que demuestre la tramitación necesaria para la importación o exportación de la mercancía · Incumplimiento de cualquier otra disposición, regulación o restricción señaladas en las distintas leyes mexicanas sobre comercio exterior · Importación o exportación de ciertas mercancías prohibidas * Maquiladoras y empresas con programa autorizado por la Secretaría de Economía que realicen importaciones temporales, de conformidad con el artículo 108 de la Ley Aduanera, de mercancías que no se encuentren amparadas por su programa de autorización · Ejecución de actos encaminados a realizar las operaciones antes mencionadas si estos actos no se consuman por causas ajenas a la voluntad de quien las realice · Internación de mercancías extranjeras procedentes de la franja o región fronterizas al resto del territorio nacional en cualquiera de los casos antes mencionados · Que se extraigan o se pretendan extraer mercancías de recintos fiscales o fiscalizados sin que hayan sido entregadas legalmente por la autoridad o por las personas autorizadas para ello · Que en la importación, exportación o retorno de mercancías el resultado del mecanismo de selección automatizado (semáforo fiscal) hubiera determinado revisión o reconocimiento aduanero y éste no se pueda llevar a cabo por no encontrarse la mercancía en el lugar señalado para tal efecto · Mercancías extranjeras en tránsito internacional que se desvíen de las rutas fiscales establecidas · Mercancías transportadas en medios distintos a los autorizados tratándose de tránsito interno, es decir, dentro del territorio nacional · Que se introduzcan o se extraigan mercancías del territorio nacional por aduana no autorizada · Que no se acredite con la documentación aduanal correspondiente la legal estancia o tenencia de las mercancías en el país o que se sometieron a los trámites previstos en la Ley Aduanera para su introducción al territorio nacional o para su salida del mismo. Se considera que se encuentran en este supuesto las mercancías que se presenten ante el mecanismo de selección automatizado sin pedimento, cuando éste sea exigible, o con un pedimento que no corresponda a la mercancía presentada Combate a la práctica de introducción o extracción ilegal de mercancías La Administración General de Aduanas mantiene de manera permanente un programa contra la introducción ilegal de mercancías —y contra la corrupción que necesariamente viene aparejada a este ilícito— mediante la supervisión y control exhaustivos de las áreas de atención al público usuario y de manejo de mercancías en las aduanas mexicanas, procurando al mismo tiempo la mejora constante en los servicios que presta a la comunidad vinculada con el comercio exterior.

Infracción. Es el hecho de violación por fallar en el cumplimiento de la ley o de no hacer lo que la ley indica.



-- Sergio G P (selemx@yahoo.com.mx), May 16, 2002.


Hola, me preguntaba si prodrias ayudarme con mi tesis sobre contrabando, podemos intercambiar ideas, acerca de si el contrabando es un pecado o mas que eso, por lomenos en la socuiedad terenal que conocemos

-- noreyma (noreym7@cantv.net), April 23, 2003.

hola queria ver si me podias dar informacion sobre contrabando es que estoy haciendo una investigación sobre desde cuando comenzó, el porque , etc ojala y puedas ayudarme en donde pudiera encontrar información Atte yuliani

-- yuliani (yuliani_t@hotmail.com), December 04, 2003.


compre unos perfumes en una tienda establecida en la ciudad de mexico pero solo me dieron una nota de remision comun, y ahora la secretaria de hacienda y credito publico revisaron mi negocio y los decomisaron, ¿que puedo hacer para constestar el acta y tratar que ala multa sea menor?

-- antonio sanchez vanda (sanfer1990@hotmail.com), December 11, 2003.

Moderation questions? read the FAQ